Arca-Aduanera
Agente afianzado de aduana
Horarios de trabajo
Lunes – Viernes: 8:30 AM a 5:30 PM
Sabados: 9AM – 12PM
Llámanos
04 600 8461
+593 9 9105 2363
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Bienvenido a
Arca-Aduanera S.A.
ARCA-ADUANERA es una empresa ecuatoriana domiciliada en el puerto principal del Ecuador en la ciudad de Guayaquil. Brindamos servicios de Agente Afianzado de aduanas autorizados por el Servicio nacional de Aduanas del Ecuador SENAE, con número de resolución SENAE-SG0-2023-0290-RE. Brindamos un servicio personalizado y eficiente en todos los procesos de la cadena logística internacional. Todo nuestro equipo de trabajo esta seguro de brindar un buen servicio con el fin de convertirnos en su aliado estratégico de negocios.
Confíe su mercancía en manos de profesionales expertos y personas honradas.
Ground Delivery
Air Delivery
Sea Delivery
ARCA-ADUANERA, le ofrece servicio de asesoría aduanera en todos los regímenes de importación y exportación.
Existen diferentes destinos aduaneros que se le pueden asignar a una mercancía, todo dependerá de sus ideas o del giro de negocio, ARCA-ADUANERA le brindará el servicio de asesoría aduanera para escoger el mejor régimen aduanero que se ajuste o más le convenga a su negocio, ayudándolo optimizar dinero y otros recursos a su empresa.
Agente Afianzado de Aduana
¿Qué es un agente Afianzado de aduana?
Es la persona natural o jurídica cuya licencia, le faculta a gestionar de manera habitual y por cuenta ajena, el despacho de las mercancías en representación del importador o exportador; debiendo para el efecto firmar la declaración aduanera en los casos que establezca el reglamento, estando obligado a facturar por sus servicios de acuerdo a la tabla de honorarios mínimos fijados por parte del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
Ventajas de contratar un agente de aduana
Beneficiario de donaciones
Todas las instituciones del Estado y las instituciones privadas sin fines de lucro que tengan contratos de cooperación suscritos con instituciones del Estado.
Muestra comercial
Se denomina muestras sin valor comercial a cualquier mercancía importada o exportada, que su valor en aduana no supere los cuatrocientos dólares, o las tres unidades por item o por presentación comercial, tomando en cuenta la unidad de medida de la subpartida especifica del Arancel Nacional de Importaciones que corresponda; que no esté destinada a la venta y que cumpla con las siguientes condiciones: a) Que sea claramente identificada como muestra sin valor comercial o que se demuestre que la mercancía no será destinada para la venta; y, b) Con el objeto de ser utilizada en estudios de mercado, investigación, desarrollo, pruebas de laboratorio, ensayos, u obtención de documentos de control previo u otros requisitos similares
Ground Delivery
Air Delivery
Sea Delivery
Importación de vehículos para personas con discapacidad
Porcentajes de exoneración de tributos acorde a su discapacidad
Discapacidad
- Exoneracion 60 %
Discapacidad
- Exoneracion 70 %
Discapacidad
- Exoneracion 80 %
Discapacidad
- Exoneración 100 %
Menaje de casa y equipo de trabajo
Requisitos importación de vehículos - Menaje de casa
Máximo cuatro (4) años de uso
Costo del Vehículo
Fecha de aceptación de la declaración aduanera
Importación de motocicleta - Menaje de casa
– El precio no podrá exceder de veinticinco (25) Salarios Básicos Unificados.
– El salario básico unificado (SBU) que deberá considerarse para la valoración del vehículo automotor o motocicleta será el vigente a la fecha de aceptación de la declaración aduanera.
En caso de que el valor del vehículo automotor o motocicleta exceda el límite establecido, en un monto de hasta diez (10) Salarios Básicos Unificados del trabajador, se permitirá su nacionalización, debiendo pagarse los tributos al comercio exterior calculados sobre la diferencia entre el precio del vehículo o motocicleta y el valor máximo de la exención.
Importación equipo de trabajo - menaje de casa
cuyo valor no exceda de ciento sesenta (160) Salarios Básicos Unificados, estarán exentas del pago de tributos al comercio exterior. Si en la importación del equipo de trabajo, se detectare que las mercancías superen el valor de ciento sesenta (160) salarios básicos unificados, su excedente no será considerado equipo de trabajo y no podrá ampararse bajo este régimen de excepción, debiendo clasificarse dichas mercancías en la subpartida arancelaria específica y cumplir con todas las formalidades aduaneras.